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Normativa a venezolanos con pasaporte vencido 

En un comunicado del  Consejo Superior de Turismo, Conseturismo, informa de una reunión con las autoridades del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía y el Ministerio de Relaciones Exteriores , donde se anunciaron los detalles del procedimiento  que el  Ministerio de Relaciones Exteriores revela   con  respeto al  documento o salvoconducto para ciudadanos venezolanos y los que  poseen doble nacionalidad y  estén en el exterior que viajen a Venezuela sin pasaporte venezolano válido debido a que este se encuentra vencido, extraviado, hurtado o deteriorado.

Los venezolanos  en esas condiciones para obtener el salvoconducto   deben mostrar los siguientes recaudos.

En el caso de adultos:

Original y copias de la denuncia ante las autoridades policiales (si aplica). Original y copia del boleto aéreo (sellado por la aerolínea).

Copia del documento de identidad del solicitante (cédula o pasaporte). Foto del solicitante en un CD o DVD (formato JPG).

Comprobante de pago del arancel consular correspondiente, si aplica.

En el caso de niños, niñas y adolescentes:

Presentar  copia de la cédula de identidad venezolana y de la hoja biográfica del pasaporte venezolano de ambos padres, y si viaja solo o con uno de los padres la autorización de viaje del padre que no viaja debe estar debidamente apostillada.

En el caso de pérdida, hurto o robo del pasaporte venezolano

Debe efectuar previamente la denuncia ante la autoridad policial correspondiente. El Salvoconducto en casos de emergencia  el Ministerio de Relaciones Exteriores informó que si hay algún cambio en los vuelos, los venezolanos deberán tramitar un nuevo salvoconducto en  los casos de emergencia, el solicitante del salvoconducto tiene la posibilidad de adelantar el trámite de manera directa a través de la Cancillería.

Las solicitudes «deben estar debidamente documentadas y obedecen de manera específica a temas de salud o a pasajeros varados en el aeropuerto. 

El ministerio  coordinará las solicitudes de emergencia. Por otra parte, el Ministerio de Relaciones Exteriores avisó que habilitará el trámite del salvoconducto o documento de viaje a través de su página web a partir del lunes 14 de octubre, se comenzará a funcionar un link a través del cual serán atendidos los ciudadanos que se encuentren en países donde no haya representación consular y allí podrán tramitar de manera digital su salvoconducto o documento de viaje.

Este documento tramitado por esta vía estará exento del pago de aranceles y se enviará vía correo al solicitante. El procedimiento y demás detalles serán informados vía comunicado procedente de la cancillería en los próximos días. 

Los países que cuentan con representación consular seguirán atendiendo a los venezolanos que se encuentren en ellos, emitiendo los salvoconductos de manera presencial y bajo procedimientos que se venían aplicando.

En este caso, deberán abonar el pago de 60 dólares correspondientes a aranceles consulares. El salvoconducto permite realizar una escala en un aeropuerto, permaneciendo en la zona de tránsito en otro país (no superior a cinco horas), sin pasar por los controles de migración. “Esto debido a que solo autoriza volar al destino final, Venezuela, entre otros detalles.

Venezolanos con doble nacionalidad  no requieren  salvoconducto

Los pasajeros venezolanos con doble nacionalidad y  los pasajeros venezolanos  con residencia legal en otros países podrán ingresar a Venezuela con el pasaporte vencido sin salvoconducto  de acuerdo con la nueva medida de las autoridades, manteniéndose vigente la normativa del  pasado  27 de  septiembre del 2024 , que  le establece  a los  venezolanos con el pasaporte vencido que están obligados a presentar un salvoconducto para subir a bordo de un avión y viajar a su país. 

Según lo informó el Consejo Superior de Turismo (Conseturismo), en   un  nuevo  comunicado ha  señalado, que luego de una reunión entre la Asociación Venezolana de Agencias de Viajes y Turismo, la Asociación de Líneas Aéreas en Venezuela y la Asociación Venezolana de Mayoristas y Empresas de Representaciones Turísticas con autoridades del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía y la Cancillería. Por  su parte, el gobierno sostuvo que “reforzó la medida de ingreso a Venezuela solo con pasaporte venezolano vigente” anunciada  el viernes 27 de septiembre, especificando que ciertos venezolanos con el pasaporte vencido no necesitan solicitar un salvoconducto para viajar a su país  y confirmó la Cancillería,   que a partir del día lunes 14 de octubre de 2024 comenzará a funcionar un link a través del cual serán atendidos solo los ciudadanos que se encuentren en países donde no se cuente con representación consular, y allí podrán tramitar de manera digital su salvoconducto o documento de viaje.

Normativa que exige salvoconducto a venezolanos es inconstitucional

La normativa  dada a  conocer por las autoridades del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía y el Ministerio de Relaciones Exteriores  a Conseturismo y  divulgadas por ese ente gremial al público,  en  comunicados sobre el no ingreso a Venezuela, de los ciudadanos venezolano con  el pasaporte y la cédula de identidad vencida, no podrán abordar aeronaves comerciales  que vuelen  hacia  Venezuela,   ya que los ciudadanos venezolanos, con dichos documentos  vencidos y  deben obtener  un Documento de Viaje o  Salvoconducto para ingresar  a su país.

Esta normativa inconstitucional nos obliga como ciudadano a expresar nuestra opinión sobre el particular, ya que dicha Normativa, le  vulnera al ciudadano venezolano, su derecho de ingresar a su país sin necesidad de autorización alguna, como lo pauta la Constitución de Venezuela en su Artículo 50, que al texto reza:

“Artículo 50:

Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas” .

Además, dicha  normativa, no solo ha  violado  la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sino que ha  creado perplejidad  en lo viajeros  venezolanos  con documentos vencidos,  incertidumbre   en el sector turismo, nacional e internacional y muy especialmente  en el  sector aeronáutico, ya que este   sector es el encargado de ejecutar la normativa, de no embarcar en las aeronaves  con destinos hacia Venezuela, a los ciudadanos venezolanos, que tengan el pasaportes vencidos y no posean el salvoconducto. Por lo tanto ninguna normativa está por encima de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  cómo lo refiere el  “ARTÍCULO 7 La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”.

Servicio de migración de Panamá oficializa pasaporte vencido de venezolanos

El Servicio Nacional de Migración (SNM) oficializó  el viernes 4 de octubre el uso de pasaporte vencidos de los ciudadanos venezolanos que se encuentren en Panamá, como documento de identidad personal. El documento vencido tendrá un período de vigencia de seis meses, según lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 188 del 3 de octubre de 2024, publicado en Gaceta Oficial.  Los venezolanos residentes en Panamá podrán efectuar trámites migratorios, laborales, fiscales, educativos, comerciales y de licencias de conducir. Las entidades públicas panameñas deberán aceptar los pasaportes con fecha de expiración a partir del 1 de septiembre. La decisión se adopta luego de que el presidente de la República, José Raúl Mulino, anunciará en su conferencia semanal que se reconocerá el pasaporte vencido de los venezolanos por un período de seis meses.

Extienden prohibición de vuelos desde Venezuela a Panamá, República Dominicana y Perú por 30 días más

El Instituto Nacional de Aviación Civil (INAC) ha extendió la suspensión de vuelos hasta el 30 de octubre de 2024, con Panamá, República Dominicana y Perú hacia y desde Venezuela, en  notam número A0751/25 trasmitido   en las redes sociales del INAC y nota publicada por las Agencias de Noticias y en   los medios de comunicación social nacionales e internacionales. Esta  nueva decisión del Instituto Nacional de Aviación Civil (INAC), afecta  significativamente a las aerolíneas que operan en estas rutas, con un impacto notable en el tráfico , al generar inquietud entre los viajeros, quienes se ven forzados a cambiar sus planes de viaje, el  de crearles  problemas  en sus respectivas  economía personales  y el de perjudicar en sus finanzas  a las aerolíneas que cubren esas rutas,  muy especialmente en las aerolíneas nacionales: Laser, La Venezolana, Avior, Estelar, Turpial  por estar en paro forzado,  además tal decisión del INAC,  pone en riesgo la ocupación laboral de los trabajadores  directos e indirectos de esas aerolíneas, perturbando  en consecuencia  el sustento de sus familias y  lesionado  notablemente   la actividad turística nacional al acentuar aún más  la existente  incomunicación  aérea de Venezuela, con el Caribe, América de Norte  y Suramérica. Ante esta nueva  decisión del  Gobierno de Venezuela, se suspender  los vuelos a hacia Panamá, el gobierno de Panamá anunció   que suspendió temporalmente los vuelos de aviación general, comercial, charter, carga y servicio de correo postal desde y hacia Venezuela  según lo indica el Notice To Airmen (Notam), Notam A0935/24, del 30 de septiembre del 2024,  que establece  “Las aeronaves con matrícula venezolana no podrán aterrizar o despegar en el espacio aéreo del país a partir de este 30 de septiembre, de acuerdo con la medida

Gasto de turistas internacionales en España superó  86 millones de euros

En España el gasto de los turistas internacionales ascendió a 86.400 millones de euros en los ocho primeros meses de 2024, lo que supone un incremento del 17,55% respecto al mismo periodo del año pasado, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

De enero a agosto, el número de turistas que han visitado nuestro país ha sido de 64,3 millones, un 11,18% más, la afiliación disponible (del mes de agosto), ha crecido un 5,5%, sumando más de 150.000 nuevos empleados en el sector.

En total, en España más de 2,9 millones de trabajadores se dedican a actividades relacionadas con la industria turística.

En el mes de agosto viajaron a España 10,9 millones de turistas internacionales, un 7,3% más que en el mismo periodo del pasado año, según los datos publicados hoy por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Además, en dicho mes los visitantes extranjeros aportaron 15.362 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 12,9% interanual.

El ministro de  turismo español, Jordi Hereu, ha señalado que “Debemos seguir apostando por la diversificación, la desconcentración de la oferta turística, la desestacionalización y la digitalización del sector para que la inyección de prosperidad que deja el turismo llegue a todos los rincones de nuestro país”  y afirmó que “estos magníficos datos apuntalan el modelo turístico que estamos construyendo, el de la triple sostenibilidad: económica, social y ambiental”.

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